Servicio de medidas de apoyo a personas curateladas
Servicio de Gestión de Medidas de Apoyo a Personas Curateladas
INFORMACION BASICA SOBRE PROTECCION DE DATOS (art. 13 RGPD)
Responsable: Fundación Tutelar Canaria para la Acción Social, M.P. (FuCAS) – CIF G-35.405.836 – C/ Goya, 6, CP 35017, Las Palmas de Gran Canaria
DPD: areajuridica@fucas.org
Finalidades: Prestación de los servicios de atención y apoyo encomendados por la autoridad judicial o administrativa; gestión y coordinación de los programas asistenciales; coordinación con organismos públicos en el ejercicio de las funciones de apoyo a la capacidad jurídica.
Base jurídica: Misión de interés público y ejercicio de poderes públicos (art. 6.1.e RGPD); tratamiento necesario para fines de asistencia social (art. 9.2.c RGPD); obligación legal (art. 6.1.c RGPD) para comunicaciones a la autoridad judicial, Ministerio Fiscal y Servicios Sociales.
Datos especiales: Los datos de salud, discapacidad y situación social que se traten en el marco de los servicios son datos de categorías especiales (art. 9 RGPD), tratados al amparo de las bases jurídicas indicadas.
Destinatarios: Autoridad judicial, Ministerio Fiscal, Servicios Sociales, Servicio Canario de Salud y demás organismos públicos con competencia en las materias que motivan el tratamiento.
Conservación: Mientras se mantenga la prestación del servicio y, posteriormente, durante los plazos legales aplicables (mínimo 5 años desde la finalización del servicio).
Derechos: Acceso, rectificación, supresión (en su caso), limitación y oposición. Para datos tratados en ejercicio de funciones públicas, el derecho de supresión puede estar limitado. Reclamación ante la AEPD (www.aepd.es).
Información adicional: Política de Privacidad completa en www.fucas.org/politica-de-privacidad.
El Servicio de Gestión de Medidas de Apoyo a Personas Curateladas comienza su andadura en el año 2016 para la gestión de las “antiguas tutelas” asignadas al Gobierno de Canarias de conformidad con el Estatuto de Autonomía, y que se asignar por vía judicial.
Mediante Orden LOR2016CA00917, de fecha 28/12/2016, de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se procedió a encomendar a la Fundación Tutelar Canaria para la Acción Social (FUCAS), como medio propio y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias la gestión de funciones atribuidas a la Comisión Tutelar del Mayor legalmente Incapacitado (hoy derogada), por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto a las personas mayores incapacitadas legalmente, total o parcialmente, y cuya tutela o curatela actualmente tiene atribuida la citada Comisión así como las que, por sentencia, sean así asignadas.
OBJETIVOS
La CALIDAD DE VIDA es el OBJETIVO PRINCIPAL, poniendo en valor la consideración de la persona, favoreciendo sus habilidades y su integración en el entorno familiar y social.
- Ejercer los deberes exigidos en Resoluciones Judiciales, informando, orientando y prestando asesoramiento familiar.
- Adoptar todas las medidas precisas para la guarda y protección de la persona y sus bienes.
- Promover la integración de la persona curatelada en su propio medio social y facilitarle los recursos sociales idóneos para su desarrollo y bienestar personal, su cuidado, rehabilitación, recuperación, definiendo los apoyos necesarios y asesorando en la toma de decisiones de cada persona.
ÁREAS
Con el objetivo de definir y prestar los apoyos necesarios a cada persona, se establecen las competencias y funciones que abarcan todos los ámbitos de la vida, estructuradas en tres Áreas:
- Ámbito sanitario, personal y social.
- Ámbito jurídico.
- Ámbito económico, patrimonial, contable-administrativo.
Dirección: Horario: Teléfono: 928430346/671552588 Correos electrónicos: administraciongt3@fucas.org administraciongt4@fucas.org administraciongt5@fucas.org |
Dirección: Horario: Teléfono: 922574721 / 649431829 Correo electrónico: |

